El Pleno aprueba reducir un 6% el tipo impositivo para los inmuebles urbanos y un 4% para los rústicos
El Pleno municipal aprobó anoche, por unanimidad y de manera provisional, la nueva Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de Santomera. Se trata de la tercera modificación en esta normativa realizada durante los últimos dos años con el fin de ajustar los recibos y la recaudación municipal, tras la entrada en vigor de la nueva ponencia de valores catastrales.
El nuevo texto contempla como principal cambio la bajada del tipo impositivo aplicable tanto a los inmuebles de naturaleza urbana como a los de naturaleza rústica. Para los primeros, quedará fijado en un 0,632%, lo que supone una reducción del 6% con respecto al vigente (0,67), mientras que para los segundos será del 0,72%, tres centésimas y un 4% por debajo del actual. Para el resto de inmuebles, se mantienen los tipos aprobados con anterioridad: un 1,3% para los de características especiales y un 0,95% para los comerciales e industriales con un valor catastral superior a los 900.000 euros.
Según los informes de Tesorería, avalados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, esta modificación se traducirá en una bajada del recibo para el 97,35% de las viviendas del municipio: 9.718 del total de 9.983 dadas de alta. «Con esta propuesta avanzamos en nuestro objetivo de posibilitar que la ciudadanía pague menos y de manera más justa por el IBI, sin poner en riesgo la estabilidad presupuestaria del Ayuntamiento ni la prestación de los servicios que ofrece», mantiene la concejala de Hacienda, Paloma Cánovas.
Máximas bonificaciones
La ordenanza del IBI aprobada ayer, que entrará en vigor tras su publicación en el BORM, mantiene todas las bonificaciones incluidas en su antecesora, que son tantas como permite la ley. De esa manera, podrán seguir beneficiándose de una importante reducción en la cuota anual, entre otras, las viviendas de protección oficial y equiparables, las de familias numerosas o aquellas que instalen sistemas de ahorro energético. Como novedad, sin embargo, se amplía el plazo para solicitar dichas bonificaciones, que en ciertos casos podrá extenderse incluso hasta el 30 de junio del año corriente. También se ha aprovechado la incorporación del nuevo texto para clarificar las condiciones y trámites necesarios para poder acogerse a las distintas bonificaciones contempladas.