AYUDAS ALQUILER VIVIENDA

AYUDAS ALQUILER VIVIENDA

Convocatoria de ayudas destinadas al alquiler de viviendas en la Región de Murcia 2017

Descripción:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas destinadas al alquiler de vivienda al amparo de lo establecido en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, prorrogado para el año 2017 por el Real decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
La presente convocatoria de subvenciones destinadas al alquiler de viviendas en la Región de Murcia 2017, tiene un gasto autorizado total para la concesión de las correspondientes ayudas de 4.500.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14.02.00.431A.786.62, en el proyecto de gastos 42890, del estado de gastos del presupuesto del ejercicio 2017.

Las subvenciones se concederán hasta el agotamiento del gasto autorizado.
Se concederá una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, a las personas que resulten beneficiarias, con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda (2.400 euros anuales).
Sólo se subvencionará la cantidad referente a alquiler de vivienda excluido cualquier otro concepto (garaje, trastero, gastos de comunidad o de cualquier otro tipo)
Estas ayudas se concederán para el periodo comprendido del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017 y se calcularán por meses
naturales, adaptándose el período de concesión a la vigencia del contrato de arrendamiento objeto de la ayuda.

Destinatarios: Personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos de esta convocatoria
Ser titular o estar en condiciones de suscribir en calidad de arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda de duración no inferior a un año.
Que la vivienda arrendada o a arrendar lo sea como residencia habitual y permanente de la persona arrendataria.
Que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada (unidad de convivencia), posean la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea
Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda no supere la cuantía total de 500 euros mensuales.
Que la suma de los ingresos de las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, titulares o no del contrato de arrendamiento (unidad de convivencia), sean superiores al 0,5 del Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (en adelante IPREM) e inferiores al límite máximo de ingresos que da acceso a la ayuda
Ser titular o estar en condiciones de suscribir en calidad de arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda de duración no inferior a un año, formalizado en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Debiendo situarse dicho inmueble en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El contrato deberá contener de manera expresa la referencia catastral del inmueble arrendado.

Mas información:
BORM 28 de julio de 2017 orden de convocatoria
http://www.borm.es/borm/documento?obj=anu&id=759657
BORM 29 de julio convocatoria
http://www.borm.es/borm/documento?obj=anu&id=759697

Entidad convocante: Consejería de Presidencia y Fomento
Calle / Acisclo Díaz. Palacio San Esteban Nº s/n, Piso ., C.Postal
Teléfono: 968362000 y teléfono 012 Fax: 968362288

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