El Pleno municipal
El Pleno es el órgano municipal de máxima representación política. Está integrado por todos los concejales elegidos en las elecciones municipales, por lo que su representatividad deriva directamente de la voluntad popular.
Qué funciones posee
Entre las funciones del Pleno, destacan: el control y fiscalización de los demás órganos de gobierno del Ayuntamiento; la aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales; los acuerdos relativos a la alteración del término municipal, la participación en organizaciones supramunicipales o la creación de órganos desconcentrados; la aprobación del planeamiento general de ordenación urbanística; la aprobación y modificación del Presupuesto municipal, así como la concertación de operaciones de crédito que excedan el 10% de los recursos ordinarios; la aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, así como de las retribuciones complementarias que pudiera recibir; el ejercicio de acciones en defensa de la Corporación en materias de su competencia; la alteración de la calificación jurídica de los bienes del Ayuntamiento; o las votaciones sobre la elección del alcalde/sa, las mociones de censura o las cuestiones de confianza. No obstante, algunas de estas competencias pueden ser delegadas en otro órgano municipal (alcaldesa o Junta de Gobierno local).
Quiénes lo componen
El Pleno es presidido por el alcalde o alcaldesa, quien lo convoca; de ahí que se le denomine también como alcalde/sa-presidente, precisamente porque preside el Pleno. Para que la sesión pueda celebrarse, es necesaria su asistencia y la del secretario de la Corporación o, en su defecto, de quienes legalmente les sustituyan. También se exigen la presencia al menos de un tercio del número legal de concejales del Ayuntamiento, quórum que debe de mantenerse durante toda la sesión.
En la actualidad, el Pleno del Ayuntamiento de Santomera está compuesto por 17 concejales y concejales, repartidos en los siguientes grupos municipales:
9 concejales/as adscritos al Grupo Municipal del Partido Popular.
6 concejales/as adscritos al Grupo Municipal Socialista.
1 concejal adscrito al Grupo Municipal de VOX.
1 concejal adscritos al Grupo Municipal de Alternativa por Santomera.
Cómo adopta sus acuerdos
El Pleno adoptará sus acuerdos por mayoría de los miembros presentes (por mayoría simple), siendo el voto personal e indelegable. El voto de la alcaldesa en el Pleno es de calidad y, por tanto, decide en caso de empate. No obstante, hay acuerdos que para ser aprobados exigen de la mayoría absoluta; es decir, de la mayoría de votos de los miembros que constituyen el Pleno, estén o no presentes en su totalidad. Los miembros de la Corporación tienen el deber de abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de los asuntos cuando concurra en ellos alguna de las causas de abstención legal.
Las sesiones del Pleno son públicas. Sin embargo, puede acordarse por mayoría absoluta el carácter secreto del debate y votación de aquellos asuntos que puedan afectar al honor, la intimidad personal y familiar o la propia imagen de alguna persona. La ordenación de las deliberaciones corresponde a la alcaldesa, así como mantener el orden en el desarrollo de la sesión.
El público asistente no puede intervenir durante el desarrollo de la sesión, excepto las personas que representan a asociaciones o entidades de defensa de los intereses generales o sectoriales del vecindario en relación con algún asunto del orden del día, previa solicitud al alcalde-presidente. Una vez terminada y levantada la sesión, el público asistente dispone de un turno de ruegos y preguntas sobre los temas de interés municipal.
Dónde y cuándo se celebran
Las sesiones se celebrarán en el Salón de Actos Municipal (denominado durante las mismas Salón de Plenos), situado junto a la Casa Consistorial, concretamente bajo el Auditorio Municipal. Dichas sesiones pueden ser ordinarias y extraordinarias.
Las sesiones ordinarias son aquellas que se celebran periódicamente, según el acuerdo alcanzado previamente por el propio Pleno. En Santomera, desde el año 2015, se celebran con una frecuencia mensual; en la actualidad, la Corporación se reúne en el Salón de Actos Municipal el último jueves de cada mes a las 18:00 horas, un horario que facilita la asistencia y participación de la ciudadanía.
Las sesiones extraordinarias son aquellas que no obedecen a una periodicidad preestablecida, sino que se celebran cuando así lo decide el alcalde-presidente o cuando lo solicita, al menos, la cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación.
Transparencia
Desde noviembre de 2016, el Ayuntamiento de Santomera retransmite los Plenos municipales en directo, a través de Internet, gracias al convenio suscrito con la Fundación Integra, con la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo al frente. Santomera forma así parte del llamado proyecto Replay (Retransmisión de Plenos de los Ayuntamientos por Internet), desde cuya plataforma pueden seguirse los Plenos desde cualquier lugar con conexión a Internet, bien sea en directo, bien a posteriori (puedes verlos haciendo clic aquí). Además, también está disponible online un histórico de las actas de sesiones plenarias (puedes consultarlo aquí).
Titulares
- Víctor Manuel Martínez Muñoz (alcalde-presidente)
- María Tornel Abellán
- María José Gil Carrillo
- José Antonio Verdú Yllán
- José Antonio Martínez Hernández
- Patricia García Ruiz
- María Isabel Aracil Zapata
- Carlos Navarro Almansa
- Remedios Yagües Bautista
- Javier Campillo Sánchez
- Paloma Cánovas Mateo
- Manuel Molinero Torrecillas
- Antonia Rubio Romero
- Fernando Díaz Campillo
- Araceli Martínez Ayllón
- Álvaro Cutillas Jiménez
- Óscar Dols Calatayud
- José Miguel Solana Hernández